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Prepagas: qué pasa si no se completó el formulario para reducir el aumento y cómo impacta con el aguinaldo

La declaración jurada para que el tope del incremento sea del 4,91% debe hacerse todos los meses.

Sueldo, comisiones, horas extras, alquileres cobrados, intereses percibidos por plazos fijos u otras rentas financieras, los montos de facturación o ventas en el caso de los monotributistas o autónomos.

Todo eso hay que tener en cuenta -más precisamente, hay que sumar– cada mes para completar el formulario que determina cómo será el aumento de las cuotas de las prepagas.

Es que los afiliados deben tomar la totalidad de sus ingresos netos mensuales para solicitar que el aumento de la cuota de febrero tenga un tope del 4,91%, y no debe superar el equivalente a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). Caso contrario, si los ingresos son superiores a ese tope o límite, el incremento será del 8,21%.

Además, no importa si el o la titular cobra menos de $392.562 con el salario de enero. Se deberán incluir los ingresos totales del hogar.

Aumento en prepagas. Qué deben hacer quienes aplican para el tope y no llenaron el formulario este mes.

Ante estas cuestiones, que al principio generaban incertidumbre, a través de un pedido de información de Clarín, ahora la Superintendencia de Servicios de Salud confirmó qué pasará en los meses del aguinaldo, sobre todo para quienes hasta el momento de percibirlo, en junio y diciembre, hayan estado por debajo del monto estipulado.

“Al ser los aumentos y las verificaciones ingresos mensuales, deberán determinarse mes a mes, respecto del mes inmediato anterior. En los casos en que los ingresos del mes inmediato anterior superen los 6 SMVyM, ese mes no les aplicará el tope. Si al mes siguiente se reducen sus ingresos, podrá volver a aplicar para la reducción”, detallaron.

Entonces, no podrá “saltearse” el aguinaldo al momento de hacer la suma total para la declaración jurada de ingresos. 

Con todos estos alcances (más las dudas por la escasa información y las afiliaciones directas de los empleados a cargo de las empresas) en relación al total del sistema (unos 3 millones de afiliados titulares y 6 millones con sus familias), una proporción muy baja podría acceder al aumento menor de la cuota. 

Cómo es el formulario que hay que llenar para obtener una reducción en el aumento de la prepaga.

¿Qué pasa si no se completó el formulario?

El viernes fue la fecha límite para pedir un límite en el aumento de la prepaga. Para quienes no hayan completado la declaracion jurada, el aumento de la cuota de febrero será del 8,21%.

Pero esto hay que hacerlo mes a mes, así que si los ingresos no superan el tope y se llena el formulario entre el 1 y el 20 de febrero, a esa misma persona que “se olvidó” o no supo hacerlo antes, se le aplicará el aumento menor, del 4,91% de la cuota.

El formulario ya está online en la web de la Superintendencia (www.sssalud.gob.ar o www.sssalud.gob.ar/misssalud/). Para acceder hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP.

Más aclaraciones. ¿La declaración jurada deben hacerla ambos integrantes del grupo familiar? Toda vez que ambos sean cotitulares de una misma afiliación, alcanzará con que la declaración jurada de ingresos la complete uno sólo de ellos, contemplando ambos ingresos.

¿Si la declaración jurada no es correcta, las entidades de Medicina Prepaga tienen facultades sancionatorias? No, pero sí tienen el derecho de auditar y fiscalizar las declaraciones juradas de ingresos, y pueden reclamar las sumas que se hubieren omitido indebidamente.

De acuerdo con el art. 9° de la Ley N° 26.682, la empresas sólo se encuentran facultadas a rescindir el contrato cuando el usuario o usuaria incurra, como mínimo, en la falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas, o cuando haya falseado la declaración jurada de salud completada al momento de la afiliación.

Por otro lado, desde este mes y por resolución oficial, todas las prepagas deberían estar ofreciendo planes un 25% más baratos que los que tienen en vigencia. Como contracara, podrán incluir copagos o coseguros, es decir, requerir al usuario un pago adicional en cada estudio o consulta al médico.

SC

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