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Por decreto, el Gobierno convocó a los gobernadores e intendentes de todo el país para controlar el congelamiento de precios

El Gobierno convocó por decreto a los gobernadores e intendentes de todo el país para garantizar “la fiscalización y control del cumplimiento” de la resolución de la Secretaría de Comercio Interior que congeló los precios sobre una canasta de 1.432 productos.

La medida quedó oficializada a través del Decreto 745/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, del Jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro.

Esta semana, el presidente participó en la reunión que organizaron entre el Ministerio del Interior y la Jefatura de Gabinete ante gobernadores de todo el país para defender el control de precios.

Sin embargo, ese acto político no fue suficiente para el Gobierno que decidió emitir un decreto para convocar tanto a los gobernadores como a los intendentes para controlar el cumplimiento de la resolución que el secretario de Comercio Interior, Roberto Feletti, impuso al fracasar el intento para alcanzar un acuerdo con el sector empresario para congelar 1.650 productos de la canasta básica por 90 días.

En el decreto publicado este viernes se establece: “Convócase a los Intendentes y las Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 1050 del 19 de octubre de 2021 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680″.

El artículo 15 de la Ley de Abastecimiento a la que hace referencia el decreto prevé que la autoridad de aplicación controle y juzgue los incumplimientos cometidos en territorio de jurisdicción nacional o cuando pudieren afectar el comercio interjurisdiccional.

Para el cumplimiento de la fiscalización del congelamiento de precios, las autoridades municipales “se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas” en la Ley de Abastecimiento, mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio, que determinará “el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto”.

Según se indicó en los fundamentos, el Gobierno apunta a  resguardar el derecho de defensa de los presuntos infractores, y podrán llevar a cabo las acciones previstas en la ley citada con el objeto de asegurar “el buen curso de las investigaciones y procedimientos administrativos”.

Asimismo, en artículo 3ro.del decreto también convoca a los gobernadores y al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a “realizar el control y juzgamiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 1050/21″, que congeló los precios de 1.432 productos.

En el decreto se invita a los gobernadores a “coordinar estas acciones con los intendentes y las intendentas de cada jurisdicción, conforme las normativas provinciales y municipales”.

La Secretaría de Comercio “brindará a las autoridades municipales la asistencia técnica y la cooperación que le sean requeridas en el marco de lo dispuesto en el presente decreto”.

En los fundamentos se destacó que la Ley de Abastecimiento autoriza al Estado a establecer, entre otros, “márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios”. Asimismo se destaca que la legislación prevé “severas sanciones ante la constatación de incumplimientos”.

A la reunión del miércoles pasado que organizaron Manzur y Wado de Pedro asistieron 8 gobernadores en forma presencial, otros 11 de modo virtual y el vicegobernador de San Juan, Guillermo Gattoni.

Córdoba y San Luis fueron representadas por ministros de distintas carteras mientras que faltaron a la cita el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta y el gobernador mendocino, Rodolfo Suárez (por razones de salud).

En la Resolución 1050/21 se dispone “la fijación temporal de precios máximos para 1.432 productos” hasta el 7 de enero, retroactivos al 1° de octubre.

La normativa está acompañada por un anexo de 881 páginas con todos los productos y precios según cada provincia. En los fundamentos, el Gobierno intima a las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización de los bienes de consumo masivo a “incrementar su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada”.

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