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No pagó la cuota alimentaria durante 10 meses y la jueza le quitó el registro de conducir y el celular

Tras divorciarse, un hombre de Cipoletti, Río Negro, acordó en diciembre de 2020 pagar mensualmente ocho mil pesos en concepto de cuota alimentaria. Diez meses después de no abonar lo pactado, un jueza le prohibió manejar, le retuvo su registro y le dio de baja el teléfono celular.

La medida fue tomada por la magistrada Marissa Palacios por la deuda acumulada de 80 mil pesos vinculada a la manutención de sus hijos y se mantendrá hasta que la misma sea saldada.

No es la primera vez que Palacios adopta una sanción de este tipo, ya que, según reporta Diario Río Negro, ya había secuestrado y rematado el auto de otro hombre. Con el dinero de la subasta se canceló la deuda.

En la misma resolución, la jueza envió oficios a los municipios del Alto Valle y a la dirección nacional de Tránsito para comunicarles la medida, al igual que a las empresas de telefonía móvil y fija.

La jueza Palacios fundamentó la medida en la Convención de los Derechos del Niño y en el Código Civil y Comercial de la Nación.

Puntualmente, el artículo 553 establece que se puede imponer al responsable del incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia.

A su vez la magistrada consideró que el Estado debe obligarse a garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los derechos de los niños con una tutela judicial efectiva en tiempo útil, más aún cuando la normativa otorga herramientas para hacerlo.

Antecedentes

En julio de 2020, una jueza de Córdoba tomó una decisión similar ante un padre deudor de la cuota alimentaria de su hija. Se trata de María Alejandra Mora, quien ordenó la suspensión de la licencia de conducir del hombre y le prohibió renovarla hasta que se ponga al día con los dos años que adeuda.

“La ley faculta a los jueces para que podamos disponer de medidas razonables para logar el cumplimiento de la cuota alimentaria, es una norma versátil que está abierta a la creatividad de los abogados y de las partes”, dijo a Cadena 3 la magistrada, responsable del Juzgado de Familia de 8° Nominación de la ciudad de Córdoba.

En su declaración, Mora reveló que su decisión estuvo basada en un pedido de la madre de la nena, quien “a través de su abogada” le pidió al Tribunal “que se lo emplace al señor a que cumpla con la cuota alimentaria y que de no hacerlo se aplique la medida de la suspensión de la licencia de conducir o la prohibición de la renovación”.

Y justificó que “como el progenitor ni siquiera contestó pese a estar debidamente notificado”, se le terminó pegando donde más le duele, según el criterio de su ex pareja.

LM

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